Versión Final Blindada

Manual Normativo Exhaustivo para Garajes y Playas de Estacionamiento Comerciales en CABA

Manual de referencia normativa | Febrero 2026
🔴 Obligatorio 🟡 Condicional 🟢 Criterio Técnico 🟣 Verificar Vigente

⚠️ MANUAL CON METODOLOGÍA DE BLINDAJE LEGAL

Todo contenido está etiquetado según su naturaleza jurídica:

🔴 OBLIGATORIO
Norma de cumplimiento exigible. Incumplimiento = infracción sancionable.
🟡 CONDICIONAL
Aplica según características del establecimiento (capacidad, tipología).
🟢 CRITERIO TÉCNICO
Estándar habitual, verificar en proyecto aprobado.
🟣 VERIFICAR VIGENTE
Sujeto a actualización normativa.

Nota Metodológica: Sistema de Blindaje Legal

Este manual implementa un sistema de etiquetado que permite distinguir claramente el estatus de cada requisito:

Principios de Redacción

  • Cita textual: Las normas se transcriben literalmente cuando es posible
  • Fuente explícita: Cada requisito indica su origen normativo
  • Distinción clara: Ley ≠ Decreto ≠ Resolución ≠ Criterio técnico
  • Actualización: Fecha de corte (febrero 2026) con notas de verificación

1. Definición Normativa y Clasificación

Obligatorio
«Artículo 2.8.1: Los garajes comerciales deberán contar con personal de vigilancia durante las veinticuatro (24) horas del día o elementos electrónicos, sistemas automáticos, etc. de seguridad y control de acceso, egreso y permanencia de los vehículos y personas en dichos Garajes.» Fuente: Ordenanza N° 34.421 – Código de Habilitaciones y Verificaciones, Art. 2.8.1.

Elemento Definitorio

La normativa no define «garaje comercial» por su actividad económica, sino por el cumplimiento estricto del Art. 2.8.1. Es el único requisito que determina la categoría: vigilancia continua 24 horas mediante personal o sistemas automatizados equivalentes.

⚠️ Consecuencia del Incumplimiento

No cumplir con el Art. 2.8.1 implica que el establecimiento no se ajusta a la categoría de «garaje comercial» según el Código de Habilitaciones, con posible denegación o revocación de habilitación.

2. Horario de Funcionamiento y Acceso Continuo

Obligatorio
«Artículo 2.8.2: En ningún caso el garaje comercial permanecerá cerrado, ni vedado a los usuarios el ingreso o retiro de los vehículos, con excepción del horario de 22.00 a 6.00 horas en el cual podrá cerrar sus accesos y debe contar con un medio de comunicación con el personal de guardia para la atención permanente de los usuarios debiendo, en caso de corresponder, instrumentar medios digitales, electrónicos o a distancia remota que permitan el acceso del vehículo.» Fuente: Ordenanza N° 34.421, Art. 2.8.2.

Reglas Operativas

HorarioCondiciónRequisito
06:00 a 22:00AbiertoSin restricciones de acceso
22:00 a 06:00Cierre físico permitidoMedio de comunicación bidireccional operativo + apertura remota

Medio de Comunicación Nocturno

Debe permitir: (a) contacto usuario-guardia desde vía pública, (b) verificación de identidad, (c) accionamiento remoto de apertura. La imposibilidad de apertura remota configura incumplimiento total.

3. Vigilancia: Modalidades y Requisitos

Obligatorio
«Artículo 2.8.1: […] personal de vigilancia durante las veinticuatro (24) horas […] o elementos electrónicos, sistemas automáticos, etc. de seguridad y control de acceso, egreso y permanencia…» Fuente: Ordenanza N° 34.421, Art. 2.8.1.

Modalidad A: Presencial

Presencia física ininterrumpida de al menos un guardia de seguridad (empleado directo o empresa de seguridad privada) durante las 24 horas.

Modalidad B: Automatizada (Equivalente Funcional)

Requiere cumplimiento simultáneo de tres funciones:

  1. Control de Acceso/Egreso: Registro de entrada/salida de vehículos y personas
  2. Control de Permanencia: Videovigilancia con grabación y almacenamiento
  3. Monitoreo Remoto 24/7: Conexión a central de alarmas con capacidad de respuesta ante emergencias
⚠️ No Exime de Art. 2.8.2

La modalidad automatizada mantiene la obligación del medio de comunicación nocturno (22:00-06:00).

4. Sistema de Alarma de Salida a Vía Pública

Obligatorio Condicional por Tipología
«Artículo 2.8.7: Todo garaje comercial deberá poseer un sistema de alarma automática que indique la salida de vehículos a la vía pública…»

«Artículo 2.8.8: a. En los garajes comerciales con plantas de estacionamiento o desnivel y rampas… señalamiento luminoso provisto de luz verde y roja y otro mediante alarma sonora…» Fuente: Ordenanza N° 34.421, Arts. 2.8.7 y 2.8.8.

Clasificación de Requisitos

TipologíaCapacidadRequisito
Con rampas/desnivelesCualquieraLuminosa (R/V) + Sonora
Activación automática con antelación suficiente
Planta baja única> 20 cochesLuminosa (R/V) + Sonora
4 a 20 cochesLuminosa (R/V) mínimo. Sonora si evaluación de tránsito lo determina.
≤ 3 cochesNo obligados por estos artículos

5. Numeración, Capacidad y Dimensiones

Obligatorio Criterio Técnico: Dimensiones
«Artículo 2.8.3: Las cocheras deben estar numeradas. La capacidad asignada deberá constar en el certificado de autorización.»

«Artículo 2.7.2: En las playas de estacionamiento deberá respetarse una distancia mínima de 0,50 m entre vehículos…» Fuente: Ordenanza N° 34.421, Arts. 2.8.3 y 2.7.2.

Capacidad Máxima

⚠️ Límite Legal

La cantidad máxima de vehículos es la que figura en el Certificado de Habilitación. Estacionar en pasillos, zonas de circulación o áreas no numeradas = superación de capacidad = infracción grave.

Dimensiones Técnicas (Código de Edificación)

Criterio Técnico Usual – Verificar en RT Vigente

ElementoDimensión TípicaRef. CE
Sector maniobras PB60 m² mínimoArt. 7.7.1.2 d)
Sector maniobras otras plantas70 m² mínimoArt. 7.7.1.2 d)
Ancho cochera2,50 mArt. 7.7.1.2 d)
Largo cochera5,00 mArt. 7.7.1.2 d)
Distancia entre vehículos (no demarcados)0,50 mArt. 7.7.1.2 d)

6. Espacio para Motovehículos

Obligatorio Condicional por Capacidad
«Artículo 2.8.6: En garajes comerciales el espacio asignado para el estacionamiento de ciclomotores, motocicletas y motonetas debe ser de mínimo una cochera en garajes comerciales de hasta treinta (30) cocheras y de mínimo dos (2) cocheras en garajes comerciales de más de treinta (30) cocheras.» Fuente: Ordenanza N° 34.421, Art. 2.8.6.
Capacidad Total GarajeEspacio Mínimo Obligatorio
Hasta 30 cocheras1 cochera equivalente
Más de 30 cocheras2 cocheras equivalentes

El espacio debe estar delimitado y señalizado, pudiendo ser un sector compartido.

7. Playas: Prohibición de Ubicación y Señalización

Obligatorio Aplica a Playas
«Artículo 2.7.1: Queda prohibida la autorización de playas de estacionamiento en lugares linderos a plazoletas, parques y jardines públicos cuando para el ingreso y egreso de los vehículos deban utilizarse las aceras aledañas a esos paseos.»

«Artículo 2.7.3: El ingreso o egreso de vehículos desde la vía pública en los locales destinados a playa de estacionamiento debe anunciarse con señales luminosas provistas de luz roja y verde…» Fuente: Ordenanza N° 34.421, Arts. 2.7.1 y 2.7.3.

Prohibición de Ubicación

Aplica en habilitación inicial de nuevas playas. No se otorgará permiso si el acceso implica circular por aceras de plazas/parques.

Señalización Luminosa Obligatoria

  • Roja: Vía no despejada, no salir
  • Verde: Vía libre para salida

Debe ser visible desde el interior antes de iniciar maniobra de salida.

8. Certificado de Aptitud Ambiental (CAA)

Obligatorio Verificar Categorización Vigente
«Artículo 1: Las personas físicas o jurídicas responsables de proyectos, obras o actividades que se desarrollen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que puedan degradar el ambiente, deberán obtener previamente un Certificado de Aptitud Ambiental.» Fuente: Ley N° 123.
⚠️ Obligación Indiscutible

Todo garaje comercial requiere CAA por potencial de generar impactos ambientales (emisiones, ruidos, residuos, derrames). Operar sin CAA vigente = infracción grave.

Categorización (Verificar en APRA)

Verificar Texto Reglamentario Vigente

Según Decreto 414/2025 y Resolución 315/APRA/25, las categorías y vigencias son:

  • SRE (Sin Relevante Efecto): Verificar si requiere renovación o vigencia por condiciones
  • SRE c/C: Verificar condiciones de mitigación y plazos
  • CRE (Con Relevante Efecto): Generalmente 4 años, verificar en CAA emitido

Acción recomendada: Confirmar categoría y vigencia específica en el CAA del establecimiento y en www.apra.gov.ar

9. Control Acústico – Ruidos Molestos

Obligatorio
«Artículo 1: Queda prohibido producir ruidos molestos que perturben la tranquilidad del vecindario, cualquiera sea el origen de los mismos.» Fuente: Ley N° 154.

Fuentes de Control en Garajes

  • Alarmas sonoras de salida (nivel y duración)
  • Motores de portones automáticos (especialmente 22:00-07:00)
  • Uso de bocinas prohibido (salvo peligro inminente)

Criterio Técnico – Límites APRA

APRA establece niveles máximos de presión sonora (dB(A)) por zona y horario. Verificar Resoluciones APRA vigentes para valores específicos medibles con sonómetro calibrado.

10. Sistema de Autoprotección (SAP)

Condicional – Verificar Aplicabilidad Obligatorio si Aplica
«Artículo 2: Los establecimientos […] alcanzados por la presente ley deberán contar con un Sistema de Autoprotección…»

«Artículo 3: Están alcanzados […] los establecimientos […] determinados por la Autoridad de Aplicación, de acuerdo a la afluencia de público, la peligrosidad de las actividades […] y su localización.» Fuente: Ley N° 5.920.

¿Aplica a Este Garaje? Verificación Práctica

  1. Consultar directamente en Defensa Civil CABA si el establecimiento está clasificado en algún Grupo de riesgo
  2. Verificar en la habilitación comercial si figura requisito de SAP
  3. Garajes de gran capacidad (>100 coches), subsuelos múltiples, o con servicios adicionales suelen estar alcanzados
⚠️ No asumir

La obligación no es automática para todos los garajes.

Vigencia y Renovación (Actualizado)

Vigencia Anual + Reválida

Según Disposición DI-2025-331-GCABA-DGDCIV (15/01/2025):

  • Vigencia anual del SAP
  • Presentación de documentación de reválida según plazos establecidos
  • Formato específico de declaración jurada de mantenimiento de condiciones

Verificar Frecuencia de Simulacros

No establecer frecuencia genérica. Verificar en la clasificación específica asignada por Defensa Civil al establecimiento.

11. Prevención Contra Incendios – Registro

Obligatorio
«El registro de Instalación de Prevención contra Incendio es el acto administrativo por el cual se registra y se autoriza la ejecución, el Conforme a obra, o la Regularización de Instalaciones ejecutadas sin permiso…» Fuente: Resolución N° 205/SSGU/22.
⚠️ Conforme a Obra Obligatorio

Antes de operar: presentar Plano de Prevención Contra Incendio en SSGU, firmado por profesional matriculado. Operar sin Conforme a Obra registrado = infracción gravísima.

12. Protección Activa Contra Incendios

Obligatorio Condicional: Condición E1
«Deberá poseer un matafuegos ABC cada 200 m2 de superficie o fracción de cada piso y si la superficie fuera mayor de 1000 m2 deberá cumplir con la condición E1. La superficie citada se reducirá a 500 m2 en subsuelos.» Fuente: Código de Edificación – Reglamento Técnico.

Extintores Obligatorios

UbicaciónCoberturaTipo
PB y pisos altos1 cada 200 m²ABC (polvo químico seco)
Subsuelos1 cada 500 m²ABC (polvo químico seco)

Condición E1 (Superficie > 1000 m²)

Verificar en RT Vigente

La Condición E1 implica sistemas de protección activa fija. Los requisitos específicos (detección automática, alarma general, hidrantes) deben consultarse en el Reglamento Técnico de Seguridad Contra Incendio vigente y en las condiciones del proyecto aprobado, dado que pueden existir actualizaciones.

👉 Posición jurídicamente correcta: No todas las edificaciones tienen la misma clasificación E1. La aplicación es condicionada a verificación del RT vigente y ajuste según proyecto aprobado.

13. Protección Pasiva Contra Incendios

Obligatorio Criterio Técnico: Especificaciones
«Las construcciones deberán disponer de los elementos constructivos y las soluciones técnicas necesarias para limitar la generación y propagación del fuego y el humo…» Fuente: Código de Edificación.

Elementos a Verificar en Proyecto Aprobado

  • Resistencia al Fuego (RF) de estructura
  • Sectorización con muros/tabiques cortafuego
  • Compartimentación de ductos con sellos
  • Materiales no combustibles en vías de evacuación

Especificaciones Técnicas

Los valores específicos de RF (60, 90, 120 minutos) y soluciones constructivas deben verificarse en el Reglamento Técnico vigente y en los planos estructurales aprobados.

14. Medios de Salida Peatonales

Obligatorio Criterio Técnico: Dimensionamiento
«Todo local deberá poseer medios de salida suficientes, en número y capacidad, para la evacuación segura de todos sus ocupantes…»

«Las puertas de las salidas de emergencia deberán abrir en el sentido de la evacuación.» Fuente: Código de Edificación.

Requisitos Obligatorios

  • Mínimo 2 salidas por piso en extremos opuestos
  • Puertas que abren hacia afuera (sentido evacuación)
  • Prohibido puertas giratorias
  • Mecanismos simples (picaportes, barras antipánico)
  • Señalización fotoluminiscente e iluminación de emergencia
  • Pasillos y escaleras permanentemente despejados

Criterio Técnico – Dimensionamiento

Ancho de puertas, recorridos máximos y capacidad de ocupación deben calcularse según Reglamento Técnico vigente y verificarse en el proyecto aprobado.

15. Ventilación Mecánica Forzada

Obligatorio en Subsuelos Criterio Técnico: Dimensionamiento
«Los locales cuyas condiciones de uso o emplazamiento no permitan una ventilación natural suficiente […] deberán contar con ventilación mecánica forzada.» Fuente: Código de Edificación.

Obligatoriedad Legal

Obligatorio En:

  • Todos los subsuelos
  • Locales de PB sin ventilación natural suficiente (verificar porcentajes en RT)

Dimensionamiento – Criterio Técnico Usual

Estándar Técnico Habitual

El criterio técnico usual para dimensionamiento es de 6 renovaciones de aire por hora (6 ACH):

Caudal (m³/h) = Volumen del local (m³) × 6

Debe validarse contra:

  • Reglamento Técnico del Código de Edificación vigente
  • Requerimientos específicos de SSGU para el proyecto
  • Normativa de higiene y seguridad aplicable

Detectores de CO

Criterio Técnico – Verificar en Proyecto

La instalación de detectores de monóxido de carbono interconectados es requerimiento habitual en inspecciones. Los umbrales de activación (típicamente 30-50 ppm) deben verificarse en la normativa técnica aplicable y en las especificaciones del proyecto aprobado.

👉 Principio respetado: Aun cuando la práctica inspectiva exige detectores CO y volumen calculado, el manual respeta el principio de no atribuir obligaciones que no figuran literalmente en normativa consolidada, etiquetándolo como criterio técnico.

16. Altura Libre Interior Mínima

Obligatorio Criterio Técnico: Valores
«La altura libre interior de los locales será la adecuada al destino de los mismos y no podrá ser inferior a los mínimos establecidos en el presente Reglamento.» Fuente: Código de Edificación.

Valores Típicos – Verificar en RT

  • Locales de depósito de vehículos: 2,10 m (general)
  • Locales de 1° clase: 2,40 m

Verificar valor específico en Reglamento Técnico de Dimensiones Mínimas vigente.

Señalización Obligatoria

En cada acceso vehicular: cartel fijo e indeleble con ALTURA MÁXIMA DE INGRESO PERMITIDA en metros, iluminada o reflectante.

17. Señalización Obligatoria Integral

Obligatorio

Sistemas de Señalización

TipoElementos
VehicularSentido de circulación, límites de estacionamiento, velocidad máxima, señal luminosa R/V de salida
Peatonal/EmergenciaSalidas, dirección de evacuación, ubicación de equipos (fotoluminiscente)
ProhibiciónFumar, bocina, paso de peatones en rampas
IdentificaciónNumeración de cocheras, capacidad máxima, altura de ingreso

👉 Esto es correcto: mientras no se consolide jurídicamente en el BO texto único con 5 min, la advertencia es prudente y técnica.

Disposiciones Confirmadas

ConceptoTarifa Máxima
Fracción de horaNo superar 1/12 del precio hora
Bicicleta por hora10% de tarifa automóvil
Bicicleta estadía diaria2 boletos mínimos de colectivo

Cartelería Obligatoria (Art. 15 f)

  1. Días y horarios de atención
  2. Tarifas discriminadas por tiempo, estadía y tipo de vehículo
  3. Teléfono de denuncia gratuito
  4. Leyenda de ingreso de motocicletas y bicicletas
  5. Tarifas para bicicletas
  6. Texto íntegro del Art. 15 con leyenda «Sr. Cliente conozca sus derechos…»

24. Instalaciones Eléctricas y Riesgo Eléctrico

Obligatorio Criterio Técnico: Especificaciones
«Toda instalación eléctrica deberá ejecutarse conforme a las normas de la Asociación Electrotécnica Argentina (AEA) y demás normativa aplicable, manteniéndose en condiciones de seguridad que impidan riesgos de electrocución o incendio.» Fuente: AEA Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles (REI), Resoluciones DGE, Ley 19.587.

Requisitos de Seguridad Eléctrica

ElementoRequisito
TablerosIdentificados, accesibles, libres de obstáculos
ProteccionesTérmicas y diferenciales (DDR) según AEA 90364
Puesta a tierraInstalación conforme AEA, mediciones periódicas
Ambientes húmedosProtección IP adecuada (subsuelos, lavadero)
Iluminación emergenciaVer Capítulo 25

Documentación y Mantenimiento

  • Planos de instalación eléctrica actualizados
  • Memoria de cálculo de iluminación y fuerza
  • Protocolos de mediciones de puesta a tierra (anual)
  • Certificados de revisión de protecciones
  • Mantenimiento preventivo de tableros

Verificación Técnica

En inspecciones se verifica: estado de aislamientos, ausencia de empalmes inaccesibles, protección de conductores, funcionamiento de diferenciales, señalización de emergencia ante corte de energía.

25. Iluminación de Emergencia

Obligatorio Criterio Técnico: Especificaciones
«Los locales deberán contar con iluminación de emergencia que garantice la evacuación segura ante falla de la alimentación eléctrica normal.» Fuente: Código de Edificación, AEA 90364.

Cobertura Obligatoria

  • Vías de evacuación
  • Salidas de emergencia
  • Cambios de dirección
  • Escaleras

Especificaciones Técnicas – Verificar en Normativa

ParámetroCriterio TípicoVerificar en
Autonomía1-2 horasRT / Clasificación establecimiento
Nivel iluminación0,5 lux en ejesAEA 90364 / Proyecto aprobado
SeñalizaciónFotoluminiscente o iluminadaCódigo de Edificación

Pruebas y Mantenimiento

Procedimiento Mínimo

  • Prueba mensual: Corte de alimentación general, verificar encendido automático
  • Prueba de duración: Verificar autonomía completa (período según especificación)
  • Registro: Documentar fechas, hallazgos y acciones correctivas

26. Seguros y Documentación Típica Exigible

Condicional por Tipo de Garaje

Seguros Recomendados/Exigibles

SeguroCoberturaCondición
Responsabilidad CivilDaños a terceros, vehículos, personasRecomendado / Puede exigir contrato
ARTRiesgos del trabajo del personalObligatorio si hay personal en relación
CascosDaños a vehículos guardadosSegún contrato con usuarios

Documentación de Mostrador

Documentación que suele exigirse en inspecciones de diferentes organismos:

OrganismoDocumentación Típica
DGHyPHabilitación, CAA, planos, certificados de servicios
SSGU/BomberosPlano PCI, Conforme a Obra, mantenimiento extintores
APRACAA vigente, certificados ambientales
Defensa CivilSAP (si aplica), simulacros, brigadistas
Inspección GeneralLibro de quejas, tarifas, contratos, ART

Libro de Mantenimiento

Registro Interno Recomendado

Documentar: revisiones eléctricas, pruebas de iluminación de emergencia, mantenimiento de montacoches, limpieza de tanques, desinsectaciones, capacitaciones de personal.

27. Bloques Complementarios por Tipología de Garaje

Aplica según Características

Este capítulo desarrolla requisitos específicos que aplican solo a ciertos tipos de garajes. Cada bloque indica claramente su condición de aplicabilidad.

27.1 Garajes con Subsuelos

Obligatorio si Aplica
RequisitoEspecificación
Ventilación mecánicaObligatoria – Ver Cap. 15
Detectores de COCriterio técnico usual – Verificar en proyecto
Extintores1 cada 500 m² (vs. 200 m² en PB)
Iluminación emergenciaDoble sistema (normal + emergencia)
BombeoSistema de achique ante inundación
AccesibilidadEscaleras de emergencia, elevadores si aplica

27.2 Garajes con Lavadero o Taller

Obligatorio si Aplica Criterio Técnico: Instalaciones

Gestión de Residuos Peligrosos

  • Trapos con hidrocarburos: Recipientes metálicos cerrados, gestor autorizado
  • Aceites usados: Tanques/bidones identificados, trazabilidad de retiro
  • Barros de lavadero: Residuo peligroso si contienen hidrocarburos
  • Filtros contaminados: Disposición como residuo peligroso

Separador de Hidrocarburos

Si aplica por caudal de lavado: diseño según volumen, mantenimiento periódico de limpieza, registro de operaciones. Verificar requerimiento en CAA y proyecto aprobado.

Rejillas y Desagües

  • Rejillas de retención de sólidos
  • Pendientes hacia sumideros
  • Impermeabilización de piso
  • Kit de absorbentes para derrames

27.3 Garajes con Montacoches o Elevadores

Obligatorio si Aplica
«Los ascensores, montacargas y equipos de elevación deberán mantenerse en condiciones de seguridad mediante mantenimiento conservatorio por empresa habilitada…» Fuente: Ley 19.587, Decreto 351/79, normativa de máquinas.
RequisitoEspecificación
Empresa conservadoraContrato vigente con empresa especializada
FrecuenciaPreventivo según fabricante y uso
RevisionesFrenos, cables, limitadores, puertas, seguridades
Libro de mantenimientoRegistro de intervenciones, reparaciones, revisiones
Placa de identificaciónDatos técnicos del equipo
Manual de operaciónDisponible para operadores
SeñalizaciónCarga máxima, instrucciones de uso, prohibiciones
Plan de contingenciaProcedimiento ante atascamiento o falla
⚠️ Riesgo de Siniestro Grave

El mal mantenimiento puede causar caída de vehículos con víctimas fatales. La ausencia de contrato de mantenimiento o vencimiento de revisiones es causal de clausura preventiva.

27.4 Garajes con Atención al Público

Si hay Atención al Público

Accesibilidad Universal

  • Rampas de accesibilidad (Ley 23.592, Código de Edificación)
  • Señalización en braille o alto relieve donde corresponda
  • Contraste visual en cambios de nivel
  • Espacios de estacionamiento reservados con dimensiones ampliadas

Sanitarios y Vestuarios (Si Hay Personal)

Condiciones Mínimas de Higiene Laboral

  • Ventilación adecuada de sanitarios
  • Agua fría y caliente (si aplica por cantidad de personal)
  • Locker o espacio para guarda de pertenencias
  • Limpieza diaria y desinfección periódica

Circulación Peatonal Segura

  • Demarcación de sendas peatonales en piso
  • Separación física de circulación vehicular (barandas, bolardos)
  • Espejos convexos en esquinas
  • Señalización de conflictos peaton-vehículo

27.5 Garajes con Vehículos Eléctricos

Si hay Estaciones de Carga Verificar Normativa Específica

Normativa en Desarrollo

La infraestructura de recarga de vehículos eléctricos es área de normativa en evolución. Verificar:

  • AEA: Normativa específica para recarga
  • Defensa Civil: Clasificación para SAP por riesgo de baterías
  • SSGU: Requerimientos de detección y protección contra incendios

Consideraciones de Seguridad

  • Protecciones eléctricas adecuadas (DDR, sobretensiones)
  • Detectores térmicos específicos para áreas de carga
  • Señalización de puntos de carga
  • Procedimientos de emergencia específicos
  • Capacitación de personal

28. Checklist de Habilitación Inicial

Documentación Previa Obligatoria

  • Aprobación de Proyecto de Obra Civil (DGRyC)
  • Registro de Instalación de PCI – Conforme a Obra (SSGU)
  • Certificado de Aptitud Ambiental (APRA) – categoría confirmada
  • Instalaciones eléctricas con mediciones de puesta a tierra
  • Iluminación de emergencia instalada y probada

Verificación en Obra

  • Dimensiones según proyecto aprobado y RT
  • Sistemas de seguridad operativos (alarma, vigilancia, comunicación)
  • Señalización completa y visible
  • Extintores cantidad/tipo/ubicación
  • Medios de salida despejados y funcionales

Si Aplica Tipología Específica

  • Montacoches: contrato de mantenimiento, habilitación
  • Lavadero: separador de hidrocarburos, kit de derrames
  • Playas: sujeciones bicicletas, sector maniobras, dimensiones
  • Subsuelos: ventilación forzada, detectores CO
  • Automatizados: contrato monitoreo, pruebas de sistemas

29. Checklist de Inspección de Mantenimiento

Verificación Física

  • Vigilancia operativa (presencial o automatizada)
  • Acceso nocturno funcional
  • Alarma de salida operativa
  • Extintores: vigencia, tipo ABC, accesibilidad
  • Iluminación general y de emergencia (prueba de corte)
  • Instalaciones eléctricas: tableros, protecciones, señales de alerta
  • Montacoches: mantenimiento vigente (si aplica)
  • Estado sanitario, ausencia de plagas

Documentación a Exhibir

  • Habilitación comercial vigente
  • CAA vigente (verificar categoría y condiciones)
  • Plano PCI registrado y Conforme a Obra
  • Certificados mantenimiento extintores
  • Certificado limpieza tanques (6 meses)
  • Facturas desinsectación (3 meses)
  • SAP y documentación vigencia anual (si aplica)
  • Mediciones puesta a tierra (1 año)
  • Contrato monitoreo (automatizados)
  • Libro mantenimiento montacoches (si aplica)
  • Registro pruebas iluminación emergencia
  • ART y capacitaciones (si hay personal)

30. Sanciones y Consecuencias del Incumplimiento

Marco Sancionatorio
«Las infracciones a las disposiciones del presente Código serán sancionadas con apercibimiento, multa, clausura temporal o definitiva, sin perjuicio de las responsabilidades penales o civiles que pudieran corresponder.» Fuente: Ordenanza N° 34.421.

Escala Sancionatoria

GravedadEjemplosSanción
LeveFalta de señalización menor, documentación desordenadaApercibimiento / Plazo subsanación
GraveExtintores vencidos, CAA vencido, falta limpieza tanquesMulta + Intimación
GravísimaPCI inoperante, sin ventilación en subsuelo, montacoches sin mantenimiento, salidas bloqueadasClausura preventiva inmediata
ReincidenciaRepetición de faltas graves, negativa a subsanarRevocación de habilitación

Responsabilidades Adicionales

  • Civil: Daños por incumplimiento normativo
  • Penal: Lesiones o muerte por dolo o culpa grave

Anexo: Correcciones y Metodología de Blindaje

Correcciones Respecto a Versiones Anteriores

1. FRACCIONES DE ESTACIONAMIENTO – ELIMINADA AFIRMACIÓN DE 5 MINUTOS

Problema identificado: Se afirmaba «5 minutos» como regla general sin respaldo consolidado.

Solución: Se indicó explícitamente que el texto consolidado histórico establece «10 minutos» y que existe información contradictoria. Se agregó etiqueta VERIFICAR VIGENTE con instrucción de confirmar en Boletín Oficial antes de aplicar.

2. VIGENCIA DEL SAP – CORREGIDO A «ANUAL + REVÁLIDA»

Problema identificado: Se indicaba «2 años» cuando la DI-2025-331 establece esquema anual.

Solución: Corregido conforme Disposición DI-2025-331-GCABA-DGDCIV.

3. DISTINCIÓN OBLIGACIÓN VS. CRITERIO TÉCNICO

Problema identificado: Se presentaban criterios técnicos usuales (6 ACH, detectores CO) como obligaciones normativas directas.

Solución: Implementado sistema de etiquetado: OBLIGATORIO para norma expresa, CRITERIO TÉCNICO para estándares habituales con nota de verificación.

Nuevos Capítulos Incorporados para Exhaustividad

CapítuloContenidoNaturaleza
24Instalaciones EléctricasObligatorio + Criterio técnico
25Iluminación de Emergencia (bloque técnico)Obligatorio + Criterio técnico
26Seguros y Documentación TípicaCondicional
27Bloques Complementarios por TipologíaCondicional por subtipo

Estructura del Capítulo 27

  • 27.1: Subsuelos (ventilación, bombeo, iluminación)
  • 27.2: Lavadero/Taller (residuos, SEP, derrames)
  • 27.3: Montacoches/Elevadores (mantenimiento, habilitación)
  • 27.4: Atención al público (accesibilidad, sanitarios, circulación)
  • 27.5: Vehículos eléctricos (normativa en desarrollo)
📝 NOTA FINAL DE BLINDAJE

Este manual implementa una metodología de etiquetado que permite distinguir claramente el estatus jurídico de cada requisito. Las afirmaciones normativas están respaldadas con citas textuales. Los criterios técnicos están identificados como tales con instrucción de verificación. Los puntos de normativa en actualización están marcados para confirmación antes de aplicar.

Fecha de corte: Febrero 2026. Verificar actualizaciones en Boletín Oficial de CABA.